Desde el Ministerio de Gobierno y Justicia se elevó el Memorándum N° 3/18, con fecha 16 de abril, informando sobre los feriados del 30 de abril y 1 de mayo.
El 30 de abril es día no laborable con fines turísticos, mientras que el 1 de mayo se celebra el Día del Trabajador, siendo feriado inamovible.