Concejales de Pico rechazaron la instalación de tragamonedas
octubre 15, 2014
Los integrantes de la Comisión 1 del Concejo Deliberante de General Pico decidieron ayer rechazar el pedido realizado por una empresa para instalar 200 máquinas tragamonedas en esta ciudad, basando la decisión en un dictamen realizado por el asesor letrado del Concejo, Juan José Gómez Huinchinao.
Dicho dictamen hace referencia a dos aspectos fundamentales: Por un lado, sostiene que no hay documentación que avale que quien firma la nota sea efectivamente el representante de esa empresa, Mental Tecnología S.A., ni documentación que acredite la existencia de la empresa, que además presentó como residencia un domicilio de la Capital Federal.
“Advierto la carencia de personalidad acreditada en la solicitud referida, no existen elementos que acrediten a la personalidad invocada por quien suscribe como apoderado, así como tampoco sobre la existencia de la sociedad de la cual dice ser apoderado. Desde aquí entiendo que no debería darse curso al tratamiento del expediente”, dijo Gómez Huinchinao en su dictamen.
El segundo de los puntos considerados, el abogado explicó que “sobre la instalación de 200 máquinas tragamonedas en la ciudad, solicitud realizada por la empresa mencionada, debemos tener en cuenta que este Cuerpo no tiene competencia para regular en la materia. Efectivamente, el marco normativo regulatorio del funcionamiento de los concejos deliberantes es la Ley Provincial Nº 1.597, Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, que detalla en su artículo 36 cuáles son las facultades normativas del mismo, y en ninguno de esos incisos autoriza la habilitación de juegos de azar”.
Agrega el escrito que “por otro lado, la normativa provincial vigente, Ley Provincial 1.239, en su artículo quinto expresa: a partir de la vigencia de la esta ley, prohíbase en todo el territorio provincial la apertura y funcionamiento de casinos, salas y locales de juegos de azar”.
Culmina diciendo que “lo expuesto precedentemente no deja dudas respecto a que este Concejo Deliberante no está autorizado ni tiene competencia para resolver sobre la instalación de ningún emprendimiento comercial que desarrolle juegos de azar de cualquier tipo”.
A partir de ahora, el paso siguiente será volver con el expediente al recinto, donde se decidirá enviarlo a archivo y remitir nota al interesado a través de la cual se le informará sobre la decisión”.